Los Protectores Cactus se encuentran dentro de las ayudas, JAP 01- JAP 02 y JAP 03, y se pueden cambiar dentro de la misma actuación las Unidades de Obra siempre que la ayuda solicitada quede igual, de tal manera que están a tiempo de cambiar del sistema de protección tradicional al Protector Cactus. El menor coste de instalación, permitirá al beneficiario instalar un mayor número de protectores por hectárea, rentabilizando y salvaguardando muchos más puntos en su explotación.
Beneficiarios.
a) Las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones con terrenos privados, inscritos a su favor en el Registro de Explotaciones Agrarias de Extremadura, en adelante (REXA).
b) Las comunidades de bienes titulares de explotaciones con terrenos en régimen privado, inscritos a nombre de dicha comunidad en el REXA, debiendo hacerse constar expresamente tanto en la documentación que se acompaña a la solicitud, como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de la subvención a aplicar por cada uno de ellos que tendrá la igualmente condición de beneficiario.
Objeto.
a) El apoyo a la regeneración natural de terrenos adehesados, mediante la protección del regenerado natural y trabajos para la mejora de su viabilidad.
b) La densificación de terrenos adehesados, destinado al incremento del número de árboles con las especies existentes o compatibles y su protección contra el ataque del ganado.
c) La poda de forestación, destinada a la adaptación del arbolado existente al uso silvopastoral.
d) Infraestructuras mediante actuaciones destinadas a la instalación, reparación y conservación de infraestructuras para asegurar la viabilidad de los sistemas agroforestales.
Listado Ordenado Provisional Adehesados Particulares
Resumen Orden regeneración Montes particulares
